El artículo 11 del Real Decreto 203/2021 de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, determina que la sede electrónica deberá identificar el titular y el órgano u órganos encargados de la gestión y de los servicios puestos a disposición de los ciudadanos en la misma.
La titularidad de la sede electrónica corresponderá a la Subsecretaría del Ministerio de Industria y Turismo. La gestión tecnológica de la sede será competencia de la Subsecretaría del Ministerio de Industria y Turismo, que la ejercerá a través de la Subdirección General de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones.
Serán responsables de la gestión, de contenidos y de los servicios puestos a disposición de los ciudadanos en la sede los titulares de los órganos superiores y directivos del Ministerio de Industria y Turismo y, en su caso, de los organismos públicos que se incorporen a la sede. La responsabilidad se corresponderá con las competencias que cada uno de los titulares tenga atribuidas por la legislación vigente.
La identificación de la sede se llevará a cabo mediante certificado de sede, consistente en certificado del servidor donde se aloja la información o qualquier otro certificado de dispositivo seguro o medio equivalente conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo.
Subdirección General de Emprendimiento y de la Pequeña y Mediana Empresa
Sede Electrónica de la Oficina Española de Patentes y Marcas
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