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Descripción

El procedimiento para la declaración de Fiestas de Interés Turístico Nacional e Internacional, requiere reflejar la influencia de una realidad que modela todos los aspectos del mundo que hoy conocemos, y dicha realidad no es otra que la sociedad de la información.

Conforme a ello, el objeto de la presente Orden ICT/851/2019, del 25 de julio, es regular el procedimiento de declaración de Fiesta de Interés Turístico Nacional e Internacional aplicando las novedades de la sociedad de la información, tanto en el registro y tramitación de las solicitudes como en su contenido. Es por esta razón que la presente orden introduce, como principal modificación, las actuaciones promocionales que las fiestas declaradas de interés turístico nacional e internacional han de realizar para posicionarse en esta sociedad de la información, estableciendo para ello la necesidad de contar con página web, posicionamiento en buscadores en internet o presencia en redes sociales.

Junto a ello, también se pone a disposición de los solicitantes, un servicio electrónico de presentación de solicitudes, al que deben acceder a través de la sede electrónica del Ministerio de Industria y Turismo. Las solicitudes serán dirigidas por los ayuntamientos y las CCAA a la Secretaría de Estado de Turismo y se presentarán de forma electrónica, de acuerdo con lo provisto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Modo de Acceso
Certificado digital
Centro Directivo
Secretaría de Estado de Turismo - E05030901
Direccion General
Dirección General de Políticas Turísticas
Unidad de Gestión
S.G. de Desarrollo y Sostenibilidad Turística
Tema
Turismo

Normativa

Orden ICT/851/2019, de 25 de julio (BOE 07/08/2019)

por la que se regula la declaración de fiestas de interés turístico nacional e internacional.

Acceso al procedimiento

Certificado digital

Acceso al procedimiento con certificado digital.

Ayuda para cumplimentar la solicitud

Requisitos Declaración Fiestas Interés Turístico Cuadro [PDF] [182 KB]

Requisitos Declaración Fiestas Interés Turístico [PDF] [108 KB]

Información de ayuda para todos los modos de acceso

Manual para la solicitud de Declaración de Fiestas Interés Turístico [PDF] [2774 KB]

Instrucciones para cumplimentar la solicitud [PDF] [59 Kb]

Procedimientos Sistema de Información Administrativa

Código S.I.A.: 174550
Declaración de fiestas interés turístico nacional e internacional.

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Información sobre tratamientos de Datos de Carácter Personal

Información básica de Protección de Datos

Responsable del Tratamiento - 1º Nivel
Secretaría de Estado de Industria
Finalidad del Tratamiento

Recopilación de datos a nivel nacional sobre inspecciones, mantenimiento, averías y accidentes de ascensores, considerando lo estipulado en el Real Decreto 355/2024, de 2 de abril, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 «Ascensores». Esta normativa regula la puesta en servicio, modificación, mantenimiento e inspección de los ascensores, además de promover el incremento de la seguridad del parque de ascensores existente. Dichos datos servirán para evaluar la efectividad de las medidas de seguridad implementadas y para identificar áreas de mejora en la legislación, así como en la gestión y operación de los ascensores en todo el territorio nacional.

Base Jurídica del Tratamiento
Real Decreto 355/2024, de 2 de abril, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 «Ascensores», que regula la puesta en servicio, modificación, mantenimiento e inspección de los ascensores, así como el incremento de la seguridad del parque de ascensores existente
Información adicional y derechos
Puede consultar información adicional y sobre el ejercicio de sus derechos en: https://www.mintur.gob.es/es-es/proteccion-datos/