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AVISO EXCLUSIVO para los procedimientos de la Secretaría de Estado de Comercio
Debido a los recientes cambios en la estructura ministerial, los procedimientos de la Secretaría de Estado de Comercio se encuentran disponibles en la Sede Electrónica del Ministerio Economía, Comercio y Empresa.
Puede acceder a ellos en el siguiente enlace: https://sede.mineco.gob.es/es/procedimientos-y-servicios-electronicos/areas-tematicas/comercio?page=5.
Ante cualquier problema de índole técnica, al tratarse de su competencia, ha de dirigirse al siguiente contacto: caucaso@economia.gob.es.
Remisión de información relativa a la intensidad de las emisiones de gases de efecto invernadero de los combustibles y la energía suministrados en el transporte.
Real Decreto 235/2018, de 27 de abril (BOE 1/05/2018)
Por el que se establecen métodos de cálculo y requisitos de información en relación con la intensidad de las emisiones de gases de efecto invernadero de los combustibles y la energía en el transporte; se modifica el Real Decreto 1597/2011, de 4 de noviembre, por el que se regulan los criterios de sostenibilidad de los biocarburantes y biolíquidos, el Sistema Nacional de Verificación de la Sostenibilidad y el doble valor de algunos biocarburantes a efectos de su cómputo; y se establece un objetivo indicativo de venta o consumo de biocarburantes avanzados.
Resolución de 4 de febrero de 2019 (BOE 18/02/2019)
De la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publican los formatos para la remisión de la información en relación con la intensidad de las emisiones de gases de efecto invernadero de los combustibles y la energía en el transporte.
Resolución de 26 de mayo de 2021, (BOE 28/05/2021)
Por la que se determinan los valores medios nacionales de la intensidad de las emisiones de gases de efecto invernadero durante el ciclo de vida en relación con la electricidad consumida por motocicletas y vehículos eléctricos.
Instrucciones para el envío de información [PDF] [63,8 KB]
Instrucciones para cumplimentar la Plantilla en formato Excel [PDF] [236 KB]
El Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, establece en su artículo 9 la reanudación, con efectos desde el 1 de junio de 2020, del cómputo de los plazos administrativos que hubieran sido suspendidos durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas. A este respecto, el plazo para la remisión de información relativa a la intensidad de las emisiones de gases de efecto invernadero de los combustibles y la energía suministrados en el transporte fijado en el Real Decreto 235/2018, de 27 de abril, finalizará el día 18 de agosto de 2020, incluido.
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