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Descripción

El recurso extraordinario de revisión es el instrumento en virtud del cual los ciudadanos (personas físicas y jurídicas) pueden recurrir las decisiones del Ministerio de Industria y Turismo que sean firmes en la vía administrativa. Únicamente se podrá interponerse basándose en alguna de las causas tasadas que recoge el artículo 125 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Modo de Acceso
Certificado digital Cl@ve
Centro Directivo
Subsecretaría de Industria y Turismo - E05034701
Direccion General
Secretaría General Técnica
Unidad de Gestión
S.G. de Recursos, Reclamaciones y Relaciones con la Administración de Justicia
Tema
Recursos y Reclamaciones

Presentación de solicitudes

Plazo del procedimiento
Continuo, desde el 02/10/2015En plazo

Normativa

Artículos 113,125 y 126 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, (BOE 02/10/2015)

Del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Acceso al procedimiento

Certificado digital

Presentación De Reclamaciones

Acceso al procedimiento con Certificado Digital

Actuaciones en Reclamaciones ya existentes

Subsanación de defectos formales

Solicitud de cambio de representante o datos referidos a efectos de notificación

Presentación de alegaciones

Consulta de expedientes

Cl@ve

Presentación De Reclamaciones

Presentación

Actuaciones en recursos ya existentes

Subsanación de defectos formales

Solicitud de cambio de representante o datos referidos a efectos de notificación

Presentación de alegaciones

Consulta de expedientes

Información adicional

Información sobre el trámite [PDF][115 KB]

Formulario de información

Procedimientos Sistema de Información Administrativa

Código S.I.A.: 215169
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN.

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Información sobre tratamientos de Datos de Carácter Personal

Información básica de Protección de Datos

Responsable del Tratamiento - 1º Nivel
Secretaría de Estado de Industria
Finalidad del Tratamiento

Recopilación de datos a nivel nacional sobre inspecciones, mantenimiento, averías y accidentes de ascensores, considerando lo estipulado en el Real Decreto 355/2024, de 2 de abril, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 «Ascensores». Esta normativa regula la puesta en servicio, modificación, mantenimiento e inspección de los ascensores, además de promover el incremento de la seguridad del parque de ascensores existente. Dichos datos servirán para evaluar la efectividad de las medidas de seguridad implementadas y para identificar áreas de mejora en la legislación, así como en la gestión y operación de los ascensores en todo el territorio nacional.

Base Jurídica del Tratamiento
Real Decreto 355/2024, de 2 de abril, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 «Ascensores», que regula la puesta en servicio, modificación, mantenimiento e inspección de los ascensores, así como el incremento de la seguridad del parque de ascensores existente
Información adicional y derechos
Puede consultar información adicional y sobre el ejercicio de sus derechos en: https://www.mintur.gob.es/es-es/proteccion-datos/