El recurso extraordinario de revisión es el instrumento en virtud del cual los ciudadanos (personas físicas y jurídicas) pueden recurrir las decisiones del Ministerio de Industria y Turismo que sean firmes en la vía administrativa. Únicamente se podrá interponerse basándose en alguna de las causas tasadas que recoge el artículo 125 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Artículos 113,125 y 126 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, (BOE 02/10/2015)
Del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Acceso al procedimiento con Certificado Digital
Subsanación de defectos formales
Solicitud de cambio de representante o datos referidos a efectos de notificación
Subsanación de defectos formales
Solicitud de cambio de representante o datos referidos a efectos de notificación
Información sobre el trámite [PDF][115 KB]
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